Condiciones para adherir nuestro establecimiento al Bono Cultural Joven

El próximo lunes 18 de julio comienza el plazo para inscribirse como persona física o autónomo para que los jóvenes de este país puedan hacer uso del BONO CULTURAL en tu establecimiento.

El establecimiento deberá contar con un Terminal de Punto de Venta (TPV) y el solicitante deberá tener certificado electrónico, DNIe o Cl@ve.

La solicitud de adhesión al programa Bono Cultural Joven se realizará exclusivamente a través de la web oficial, que estará activa a partir del día 18 de julio y han establecido un plazo de 10 días para presentar la documentación, en castellano y en formato PDF.

Si eres persona física o autónomo, habrás de tener preparada la siguiente información:

  • Nombre y apellidos del interesado/a.
  • Nombre y apellidos del representante o razón social de la  persona jurídica que actúa como representante, cuando proceda.
  • DNI o NIE del interesado/a y, cuando proceda, del representante.
  • Domicilio fiscal del interesado/a.
  • Domicilio a efectos de las notificaciones.
  • Nombre comercial.
  • Alta en alguno de los grupos y/o epígrafes IAE incluidos en la convocatoria.
  • Puntos de venta.
  • Identificadores del comercio (FUC o MID).
  • TPV referenciados, en su caso.
  • Número de teléfono del interesado/a.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Página web, en su caso.
  • Firma electrónica del solicitante.

Además, la solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

  • Certificado de alta del interesado/a en el Censo de profesionales, empresarios y retenedores emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  • Certificado de alta del interesado/a en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la AEAT.
  • Si la solicitud es realizada por una persona física que actúe como representante, autorización expresa firmada por el interesado/a en la adhesión y el representante.
  • Si la solicitud es realizada por una persona jurídica que actúe como representante, además de lo previsto en el punto anterior, poder notarial, escrituras de constitución o cualquier medio válido en derecho que acredite la representación legal de la entidad.
  • De forma voluntaria, declaración responsable firmada sobre el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 210/2022 y disponible en la página web.

Si tu solicitud de adhesión es favorable, estarás obligado a velar por el cumplimiento de las condiciones de uso del Bono Cultural Joven, además de conservar justificantes y facturas de las compras realizadas con cargo al bono, que deberán indicar el nombre del comprador beneficiario, tipo de producto adquirido y título, así como número de factura emitida, su importe y fecha de emisión.

Los productos incluidos en el Bono Cultural son muy variados, como por ejemplo Artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales.

Productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray.

Quedan excluidos productos de papelería; libros de texto curriculares, impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía.

No obstante, cualquier duda y requisito se puede consultar en la web https://www.culturaydeporte.gob.es/destacados/bono-cultural-joven.html

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